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De la obligación al reconocimiento en la educación abierta



Imagen destacada: «On The Road» de Andrius Banelis para Fine Acts remezclada por la Cátedra RELIA de la UNESCO bajo licencia CC BY-NC-SA 4.0.


👤 Luc Massou es actualmente asesor científico en la Dirección General de Enseñanza Superior e Inserción Profesional, en el Ministerio de Enseñanza Superior, Investigación y Espacio, donde se encarga de coordinar las acciones relacionadas con los recursos educativos libres y la educación abierta para la estrategia digital 2023-2027 del Ministerio, entre las que se incluyen los trabajos en curso sobre el diseño de una estrategia nacional de educación abierta.


A veces surge la siguiente pregunta entre algunos compañeros docentes: soy funcionario del Estado y mi institución me da a entender que es mi deber compartir mis recursos pedagógicos digitales, sin que ello suponga necesariamente una nueva remuneración, cuando me lleva mucho tiempo. Pero, ¿es realmente así?

Tomando como ejemplo el contexto francés, proponemos aquí varias respuestas a estas diferentes premisas y, a continuación, esbozamos cuatro líneas de actuación para transformar una obligación percibida en un reconocimiento compartido del compromiso con la educación abierta.

¿Es realmente una obligación crear REA (especialmente para los docentes funcionarios)?

Para responder a ello, tomemos el ejemplo de la enseñanza superior en Francia, ya que nos lleva a matizar esta primera premisa. De hecho, esta «obligación» de crear recursos educativos libres (REL) está más relacionada con los requisitos formulados en las convocatorias de proyectos financiados con fondos públicos para apoyar la innovación pedagógica con las tecnologías digitales, al igual que lo que se exige para las publicaciones de los proyectos científicos financiados también con fondos públicos. También puede estar vinculada a una política interna de una institución a favor de la educación abierta, pero este caso sigue siendo —¡por ahora!— poco frecuente a día de hoy.

En estos proyectos financiados con fondos públicos, el objetivo es contribuir a la producción de recursos pedagógicos que sean compartidos —o que puedan compartirse— mucho más allá del ámbito inicial del proyecto financiado, en una dinámica de acceso abierto al conocimiento. El término «bien común digital» se emplea a menudo para calificar estas producciones, subrayando la importancia de que comunidades lo más amplias y diversas posible (académicas, ¡pero no solo!) puedan apropiarse de estos REA y hacerlos evolucionar a largo plazo.

No obstante, estos proyectos se apoyan en autores (profesores o profesores-investigadores en nuestro ejemplo aquí) que se ofrecen voluntariamente para participar en ellos. Por lo general, cuentan con el apoyo de personal de apoyo (ingenieros o asesores pedagógicos, entre otros) para diseñar estos REA. En resumen, la obligación de la que hablamos aquí viene determinada en mayor medida a priori por el promotor (¡y financiador!) de estos proyectos públicos, pero no pone en tela de juicio de manera fundamental la libertad académica de los autores que decidan participar en ellos… ¡o no!

¿Crear REA requiere mucho tiempo y no está remunerado?

Sí y no. Diseñar un REA requiere efectivamente mucho tiempo, ya que implica crear un recurso pedagógico para otros, preferiblemente poco contextualizado para que sea fácilmente adaptable a contextos pedagógicos diferentes a los de sus autores originales. Por lo tanto, hay que ponerse en el lugar de otros docentes o formadores, que serán los potenciales reutilizadores de este recurso y que también podrán hacerlo evolucionar. Esto impone respetar unas restricciones técnicas, jurídicas y editoriales precisas para que este REA sea modificable, interoperable (es decir, independiente de formatos técnicos que requieran licencias de software específicas), inclusivo e indexable (para facilitar su localización a través de catálogos o motores de búsqueda).

La producción de un REA requiere, por tanto, un acompañamiento en ingeniería pedagógica, digital y documental que no siempre está presente en los centros escolares o universitarios en los que se encuentran los docentes-autores. Algunos países, como Francia, cofinancian también operadores digitales nacionales de puesta en común de estos recursos pedagógicos, que se encargan así de difundirlos y valorizarlos a escala nacional e internacional a través de catálogos de libre acceso en línea.

Por último, en cuanto a la remuneración de los autores, no es que esté sistemáticamente ausente. Puede ser sufragada, en la mayoría de los casos en forma de horas extras, por los proyectos financiados con fondos públicos mencionados anteriormente, o mediante mecanismos de reconocimiento interno de los centros (por ejemplo, primas a favor de la innovación pedagógica). También puede basarse en mecanismos de reducción de la carga lectiva, para liberar tiempo que se pueda dedicar a la creación de estos recursos. Una vez más, estos mecanismos dependen en gran medida de los contextos locales y/o nacionales vigentes.

¿Una tarea adicional… o no?

En nuestra opinión, el verdadero debate de fondo es el siguiente: ¿debe considerarse la creación de REA como una tarea «excepcional», que se suma a las funciones docentes, o ya está incluida estatutariamente en las funciones de los docentes? Tomemos de nuevo el ejemplo de la enseñanza superior francesa. El decreto de junio de 1984 que establece el estatuto de los profesores-investigadores es muy claro: mientras que las funciones científicas incluyen la necesidad de valorizar sus resultados y de difundir la cultura y la información científica y técnica, la función pedagógica sigue centrada esencialmente en la transmisión de conocimientos a través de la enseñanza.

El aspecto científico integra, por tanto, fundamentalmente una dimensión «centrífuga», es decir, que se aleja de su centro para llegar al público más amplio posible fuera de su propia institución: un investigador publica para dar la máxima visibilidad a sus trabajos y hacer así circular libremente el conocimiento. En el ámbito pedagógico, la dinámica parece —a priori— más bien inversa; se trata de una misión más «centrípeta» que tiende en primer lugar a acercarse a su centro: la enseñanza se orienta hacia la respuesta a las necesidades de formación internas de la institución en la que trabaja un docente.

Este ejemplo concreto explica sin duda por qué producir REA dirigidos a un público potencialmente muy abierto (mucho más allá de su centro de origen) no es necesariamente algo obvio y puede percibirse como una carga de trabajo adicional para algunos docentes, mientras que beneficiarse de la puesta en común de recursos pedagógicos entre comunidades docentes podría ahorrarles tiempo (especialmente para preparar sus clases) y contribuir también a la difusión amplia y abierta del conocimiento.

Transformar una obligación percibida en un compromiso reconocido con la educación abierta

En la situación actual, nos parece contraproducente hacer obligatoria la producción de REA para los docentes, ya que nada les obliga realmente a ello en sus estatutos.

Lo que está en juego aquí es, más bien, acompañarlos mejor para transformar lo que actualmente se percibe como una obligación (o una carga de trabajo adicional) en un compromiso compartido y reconocido en torno a valores comunes que respondan, en particular, al Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS) número 4 de las Naciones Unidas: «Garantizar una educación inclusiva, equitativa y de calidad y promover oportunidades de aprendizaje durante toda la vida para todos».

¿Cómo lograrlo? A continuación se presentan cuatro posibles líneas de acción, inspiradas en nuestro trabajo actual para diseñar una estrategia nacional de educación abierta en la enseñanza superior francesa, con el fin de acompañar progresivamente esta transformación a medio plazo:

Una infografía ilustrada dividida en cuatro secciones, que presenta los temas del aprendizaje, el trabajo en equipo, los logros y la colaboración. Cada sección muestra a diversos personajes realizando actividades como estudiar, debatir y celebrar los éxitos.
Cuatro medidas en favor de la educación abierta, imagen generada por IA, CC BY-NC-SA, 2026
  • Formar en los principios, valores y herramientas de la educación abierta desde la formación inicial del profesorado, y posteriormente en el marco de su formación continua;
  • Acompañar y dotar de herramientas para la creación de REA, para evitar pedir al profesorado que lo haga todo. Necesitan contar con el apoyo de personal de apoyo (en pedagogía, tecnología digital y documentación) en las tareas de ingeniería, mediatización, indexación y alojamiento/difusión de sus producciones pedagógicas. Estas tareas deben poder apoyarse en entornos de trabajo digitales que ofrezcan las herramientas adecuadas para producir y difundir REA;
  • Fomentar la colaboración entre los docentes para co-diseñar estos REL de forma conjunta, ya que el co-diseño refuerza potencialmente la apropiación colectiva de un recurso por parte de una comunidad de usuarios mucho más amplia, a la que hay que dinamizar posteriormente para que estos recursos se conviertan en bienes comunes digitales que seguirán evolucionando y circulando a lo largo del tiempo;
  • Valorar y reconocer el compromiso profesional de los autores de REA, ya sean docentes o personal de apoyo (ingenieros pedagógicos o documentalistas, por ejemplo). Este reconocimiento institucional puede adoptar diversas formas: reconocimiento en la promoción profesional, primas, exenciones de servicio, premios… ¡o incluso su inclusión en sus estatutos!

✍ La serie de artículos. Este artículo forma parte de la serie «Compartir es un desafío», publicada a lo largo de marzo de 2026, en colaboración con la Cátedra UNESCO RELIA y la red UNITWIN-UNOE.

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🖼️ Imagen destacada. La intención artística original sigue siendo la del artista y puede diferir de la intención editorial de nuestra adaptación. Agradecemos a Andrius Banelis por compartir su obra en Fine Acts bajo la licencia abierta CC BY-NC-SA 4.0.

🌐 Traducción. Este artículo ha sido redactado en francés. Esta traducción, realizada mediante herramientas automáticas y posteriormente revisada por nuestro equipo, puede contener imprecisiones. Le invitamos a comunicarnos cualquier error.

🅭🅯 Licencia y reutilización. Salvo que se indique lo contrario, el contenido de este artículo se publica bajo la licencia CC BY 4.0.